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Alcobendas
Coche, Hogar, Salud
910 84 84 52Las Rozas de Madrid
Hogar, Coche, Empresas
916 30 42 85Villaverde, Madrid
Coche, Hogar, Comunidades de propietarios
917 96 79 18Chamberí, Madrid
Hogar, Salud, Vida
649 38 47 02Puente de Vallecas, Madrid
Coche, Hogar, Comunidades de propietarios
914 78 11 04Chamberí, Madrid
Hogar, Salud, Vida
914 51 90 10San Blas-Canillejas, Madrid
Salud, Vida, Comunidades de propietarios
914 22 55 00Villanueva de la Cañada
Salud, Vida, Decesos
915 17 08 55No existe un seguro privado obligatorio para todos los autónomos. Un seguro solo es obligatorio cuando una ley lo impone para una actividad concreta. En el resto de casos, contratarlo es una decisión de gestión del riesgo que toma cada autónomo. Esta guía separa las dos cosas y explica qué protección viene ya del sistema público de Seguridad Social.
Solo si una ley lo exige para su actividad. Los seguros obligatorios únicamente pueden establecerse «mediante normas con rango de Ley», y solo para actividades que supongan «un riesgo directo y concreto para la salud o para la seguridad de las personas, incluida la seguridad financiera» (Ley 20/2015, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras, disposición adicional 2.ª).
La Ley 50/1980, de Contrato de Seguro (LCS), tenía un artículo que remitía al Gobierno la fijación de seguros de responsabilidad civil obligatorios. Ese artículo está derogado desde el 1 de enero de 2016 (LCS, art. 75). Hoy la obligación tiene que estar en una ley concreta.
Ejercer una actividad sin el seguro obligatorio que le corresponde es una infracción muy grave, con multa de 1.000 a 20.000 euros, salvo que la normativa específica de esa actividad diga otra cosa (Ley 20/2015, disposición adicional 2.ª).
Las que tienen la obligación escrita en una ley concreta. Estas son las que se han verificado en la normativa estatal y de la Comunidad de Madrid:
En la abogacía, el Estatuto General de la Abogacía tipifica como infracción grave la falta de seguro «cuando la obligación de contar con dicho régimen de garantía [...] así esté prevista por ley» (Real Decreto 135/2021, art. 125.t). El Estatuto no impone por sí mismo una responsabilidad civil obligatoria al abogado individual: remite a lo que establezca una ley.
En las viviendas de uso turístico de Madrid, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (Sentencia 794/2021) anuló la exigencia de seguro del art. 18.5 del Decreto 79/2014 de la Comunidad de Madrid para los propietarios que no fueran a la vez prestadores del servicio. El Decreto 27/2026 reescribe ese art. 18 y su nuevo texto no menciona ningún seguro.
La consulta oficial es el Registro de Seguros Obligatorios del Consorcio de Compensación de Seguros. Recoge los seguros obligatorios estatales y autonómicos con la norma que los impone. La otra fuente es la norma sectorial de la actividad.
La página sobre responsabilidad civil profesional explica cómo hacer esa comprobación paso a paso.
El Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) ya incluye coberturas que no se contratan en una correduría. En el RETA, la cobertura de las contingencias profesionales, es decir, el accidente de trabajo y la enfermedad profesional, «será obligatoria» (texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, LGSS, art. 316.1).
La protección por cese de actividad «forma parte de la acción protectora del sistema de la Seguridad Social, es de carácter obligatorio». El cese puede ser definitivo o temporal, y total o parcial (LGSS, art. 327.1). Es una prestación pública vinculada al alta en el RETA. No es una póliza y no se contrata en una correduría.
Todos los que ninguna ley impone a su actividad. Para esos casos, la ley no obliga a nada y la decisión depende de los riesgos que el autónomo quiera trasladar a una aseguradora. El directorio no recomienda ninguno.
Si se contrata un seguro voluntario, se aplican las mismas reglas de la Ley de Contrato de Seguro que a cualquier otro. El de responsabilidad civil cubre el riesgo de tener que indemnizar a un tercero por un hecho previsto en el contrato (LCS, art. 73). Si la suma asegurada es inferior al valor del bien, se aplica la regla proporcional, salvo que la póliza la excluya (LCS, art. 30).
Lo primero es separar lo que exige la ley de lo que es opcional, sin entrar en productos concretos:
La guía cuánto cobra un corredor de seguros explica las formas de remuneración que permite la ley, y la guía correduría o agencia de seguros explica la diferencia entre ambas figuras.
No. Solo es obligatorio cuando una ley lo impone para una actividad concreta (Ley 20/2015, disposición adicional 2.ª). Para el resto es una decisión de gestión del riesgo.
Entre otros: profesionales sanitarios privados (Ley 44/2003, art. 46), sociedades profesionales (Ley 2/2007, art. 11.3), mediadores civiles y mercantiles (Ley 5/2012, art. 11.3), corredores de seguros (RDL 3/2020, art. 157), titulares de locales de espectáculos en Madrid (Ley 17/1997, art. 6.3) y propietarios de vehículos (RDLeg. 8/2004, art. 2).
No. Es una protección obligatoria del sistema público de Seguridad Social para quienes están de alta en el RETA (LGSS, art. 327.1). No se contrata en una correduría.
En el Registro de Seguros Obligatorios del Consorcio de Compensación de Seguros y en la norma sectorial de la actividad.
Con carácter general es una infracción muy grave, con multa de 1.000 a 20.000 euros, salvo régimen específico (Ley 20/2015, disposición adicional 2.ª). En Madrid, para espectáculos y actividades recreativas, es infracción grave (Ley 17/1997, art. 38).
Contenido revisado el 18 de octubre de 2026. Es información general, no asesoramiento.

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